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Enseñanza durante COVID—consideraciones de ADA

LaWanda H. Cook August 18, 2020

A medida que el mundo sigue lidiando con los riesgos y restricciones causados por el nuevo coronavirus (COVID-19), el año escolar está a punto de comenzar. Algunos distritos escolares ofrecerán clases virtuales, otros presenciales, y otros lo harán a través de un enfoque híbrido. Independientemente del formato, los maestros deberán planificar e impartir lecciones, involucrar a los estudiantes y cumplir con otras obligaciones de sus puestos. Este es un momento desafiante y preocupante—especialmente para los maestros con discapacidades y/o condiciones de salud crónicas.

Se estima que uno de cada 4 profesores en los Estados Unidos tiene un mayor riesgo de padecer enfermedades graves si están infectados con el coronavirus, según un nuevo informe de la Fundación Familiar Kaiser (KFF). Este estimado incluye educadores de 65 años o más, o con condiciones de salud subyacentes como diabetes, enfermedades cardíacas o asma moderada o grave, así como una serie de otras afecciones identificadas por los Centros para el Control de Enfermedades Además de sus propios problemas de salud, comprensiblemente, pueden estar preocupados por mantener a sus familiares y estudiantes a salvo de la infección.>

Muchos maestros que enseñaron virtualmente esta primavera pueden creer que necesitan seguir haciéndolo en el otoño, incluso si su distrito escolar ha decidido la instrucción en persona. Si la opción de la enseñanza en línea no está generalmente disponible, y un maestro tiene una discapacidad o condición de salud crónica, una solicitud de trabajo desde el hogar u otros tipos de ajustes en la forma en que se hace el trabajo, podría ser una adaptación razonable.

La Comisión de Igualdad de Oportunidades de Empleo (EEOC) ha actualizado su regulación sobre el COVID-19 y la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA), aclarando cómo acomodar a las personas con mayor riesgo de enfermedad grave por el virus. Los empleadores están obligados a abordar lo que se conoce como necesidades de adaptación; por lo tanto, es responsabilidad del empleado solicitar una adaptación. Si un empleado con discapacidad solicita una adaptación, el patrono y el empleado pueden discutir:

  • Cómo la discapacidad limita el rendimiento laboral. El empleador puede solicitar documentación médica si una discapacidad no es evidente.
  • Cómo la adaptación solicitada abordará eficazmente la limitación.
  • Si otra adaptación pudiera resolver el problema.
  • Cómo la adaptación propuesta permitirá al empleado seguir desempeñando las funciones laborales esenciales.

Puede ser útil para los profesores que trabajen con sus representantes sindicales para determinar posibles soluciones. En última instancia, el patrono toma la decisión final sobre si la adaptación es razonable. Esto significa que pueden proveer un ajuste que difiere del solicitado por el empleado, siempre y cuando el ajuste provisto sea efectivo.